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Discriminación
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Introducción                                          

 

La humanidad debe al menor lo mejor que pueda darle, a fin de que éste pueda tener una infancia feliz y gozar, en su propio bien y en el de la sociedad, de sus derechos y libertades. Considerando que el menor necesita protección y cuidados especiales, se insta a padres/madres y autoridades a que reconozcan estos derechos, urjan en la aplicación de los mismos y luchen por su observancia.

 

El menor disfrutará de todos sus derechos y le serán reconocidos sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivo alguno. El menor debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. Con este fin, la consideración fundamental a la que se atenderá, será la del interés superior de la infancia. 

 

(Ideas recogidas de la Declaración de los Derechos del Niño, 20 de noviembre de 1959).              

      

La empresa de la protección de la infancia, entendida como la acción o tarea para que este objetivo sea una realidad, ha fracasado de manera objetiva e inapelable. Según la OMS, sólo en el 2002 unos 223 millones de menores de edad tuvieron relaciones sexuales forzosas. Según la OIT en el 2004, alrededor de 218 millones de niños trabajaban y 126 millones realizaban trabajos peligrosos. Recientemente la FAO informó que de las 50.000 personas que mueren de hambre al día 35.000 son niños y niñas. Estas cifras aumentan continuamente en número y gravedad desde que se realiza estos informes, la negligencia e ineficacia ha supuesto y supone millones de nuevas víctimas. 

  

O. Pérez-Muga 2007

 

 
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